Fideicomiso de administración

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Uno de los fideicomisos muy demandados son los de administración, los cuales tiene la finalidad de que el fiduciario administre, custodie y conserve el patrimonio fideicomitido, de acuerdo a los términos pactados en el contrato.

En estos fideicomisos se transfiere la propiedad de bienes a un fiduciario para que los administre conforme a lo establecido por el fideicomitente, destinando el producido del mismo al cumplimiento de una determinada finalidad.

Partes que intervienen dentro del fideicomiso de administración

  • Fideicomitente o Constituyente: Persona Natural o Jurídica, Nacional o Extranjera.
  • Fiduciaria
  • Beneficiario: Los indicados por el fideicomitente o constituyente.

Según  la firma ABS trust Inc. los beneficios del Fideicomiso de Administración

  • Confidencialidad.
  • Permite al empresario disminuir su carga laboral.
  • Permite la disminución de costos operativos.
  • Se facilita el pago de proveedores, contratista y de nómina.
  • Manejo de las operaciones con personal calificado.
  • Rentabilidad en la administración de los recursos.
  • Seguridad y confianza generadas por acreedores al saber de la intervención de una fiduciaria como gestor profesional.
  • Seguridad y confianza en la administración de los bienes por parte de un agente especializado.
  • Posibilidad de disponer en vida y de manera anticipada sobre la distribución de sus bienes.
  • El fideicomiso es revocable en cualquier momento y a solicitud del fideicomitente – constituyente.
  • Emisión de informes fiduciarios con la periodicidad determinada por las partes, en el cual se hace referencia a: bienes fideicomitidos, estado real de los mismos, situación jurídica, ingresos y egresos, actos de administración, inversiones, etc.
  • Tanto la sociedad como la actividad fiduciaria se encuentran bajo vigilancia.
  • Inscripción ante las autoridades correspondientes de la constitución del fideicomiso.
  • Inspecciones sobre los bienes administrados.
  • Seguros que amparen los bienes administrados.
  • La carga fiscal relativa al pago de impuestos sobre el bien, permanecen en cabeza del fideicomitente.
  • Instrucción expresa de parte del fideicomitente sobre la administración y destinación de los activos que conforman el fideicomiso.
  • Criterios de administración e inversión definidos por el propio fideicomitente – constituyente.
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