Entre las variantes de los fideicomisos, resalta el fideicomiso de garantía, el cual es un contrato mercantil por medio del cual el Fiado (Fideicomitente) aporta en garantía un bien o un derecho, mismo que será administrado por el Banco (Fiduciario) o a favor de los beneficiarios (Fideicomisarios).
En este tipo de fideicomiso, tanto una persona física o como moral denominada fideicomitente puede trasmitir la propiedad o titularidad de ciertos bienes (inmuebles derechos recursos en efectivos para ser destinados a fines lícitos)
Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
Apegándonos a la ley, el Art. 381 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, (LGTOC) establece que:
- En virtud del fideicomiso, el fideicomitente destina ciertos bienes a un fin lícito determinado, encomendando la realización de ese fin a una institución fiduciaria (banco) que es quien administra.
- En virtud del fideicomiso de garantía el fideicomitente transmite a la institución fiduciaria la propiedad de ciertos bienes, con el fin de garantizar al fideicomisario el cumplimiento de una obligación y su preferencia en el pago.
- Podrán ser fideicomitentes y fideicomisarios cualquier persona física o moral, con independencia de la actividad preponderante a la que se dedique.
- Los fideicomitentes, además deberán tener la capacidad necesaria para hacer la afectación de los bienes y derechos que el fideicomiso implica.
Fideicomisos en garantía para los negocios
En el mundo empresarial, el uso de fideicomisos es relevante, en el caso de los de garantía, es un instrumento jurídico-financiero versátil que fácilmente se adapta a las necesidades de negocios de cada cliente ya sea para simplemente construir una casa, realizar una compraventa, garantizar la entrega de una herencia o bien hacer el mas complejo de los negocios.